Autónomos

Cuánto paga un autónomo de la construcción a Hacienda: IRPF, IVA y retenciones

La fiscalidad de un autónomo de la construcción es más sencilla de lo que parece, pero tiene varios elementos que conviene entender bien: el IVA que cobras y que puedes recuperar, el IRPF que pagas sobre tu beneficio, las retenciones que algunos clientes te aplican en la factura, y las declaraciones trimestrales que hay que presentar.

Cuánto paga un autónomo de la construcción a Hacienda: IRPF, IVA y retenciones — guía Presupix

La fiscalidad de un autónomo de la construcción es más sencilla de lo que parece, pero tiene varios elementos que conviene entender bien: el IVA que cobras y que puedes recuperar, el IRPF que pagas sobre tu beneficio, las retenciones que algunos clientes te aplican en la factura, y las declaraciones trimestrales que hay que presentar.

Esta guía explica cómo funciona cada uno.

El IVA en obras de construcción

Cuándo aplica el 21% y cuándo el 10%

Como autónomo de la construcción, el IVA que repercutes en tus facturas depende del tipo de obra:

IVA al 21%: tipo general, aplicable a la mayoría de obras. Reparaciones en locales comerciales, obra nueva, reformas en propiedades de inversión.

IVA al 10%: reducido, aplicable en obras de rehabilitación de vivienda habitual cuando se cumplen todas estas condiciones (art. 91 LIVA):

  • El cliente es una persona física que usa la vivienda como residencia habitual.
  • La vivienda tiene más de dos años de antigüedad.
  • Los materiales que aportas no superan el 40% del coste total de la ejecución de obra.

El error del tipo de IVA lo paga el autónomo, no el cliente. Si aplicas el 10% cuando correspondía el 21%, Hacienda te reclamará la diferencia a ti. Ante la duda, aplica el 21%.

Cómo funciona la declaración de IVA (modelo 303)

El IVA no es un ingreso tuyo — eres un recaudador para Hacienda. Cada trimestre presentas el modelo 303:

  • IVA repercutido: el IVA que has cobrado en tus facturas de venta.
  • IVA soportado: el IVA que has pagado en tus compras (materiales, herramienta, combustible, gestoría, etc.).
  • Diferencia: si has cobrado más IVA del que has pagado, ingresas la diferencia. Si has pagado más del que has cobrado (por ejemplo, has comprado mucho material y facturado poco), la diferencia queda a tu favor y se compensa en el siguiente trimestre o puedes pedir su devolución en la declaración anual.

Plazo de presentación: los primeros 20 días de abril (Q1), julio (Q2), octubre (Q3) y enero (Q4).

La regla de prorrata

Si realizas obras sujetas a diferentes tipos de IVA o tienes alguna actividad exenta, puede entrar en juego la prorrata. Para la mayoría de autónomos de la construcción que solo hacen obra habitual no es relevante.

El IRPF: cómo tributa el beneficio de tu actividad

Estimación directa simplificada

El régimen más habitual para autónomos de la construcción es la estimación directa simplificada (EDS). Tributas sobre el beneficio real de tu actividad: ingresos menos gastos deducibles.

A ese beneficio se aplica la escala progresiva de IRPF, que en 2025 es aproximadamente:

Base liquidableTipo marginal
0 – 12.450€19%
12.450€ – 20.200€24%
20.200€ – 35.200€30%
35.200€ – 60.000€37%
60.000€ – 300.000€45%
Más de 300.000€47%

Importante: el tipo marginal solo aplica al tramo correspondiente, no a la totalidad de los ingresos.

Pagos fraccionados trimestrales (modelo 130)

En estimación directa no esperas a la declaración anual para pagar el IRPF: presentas el modelo 130 cada trimestre ingresando el 20% del beneficio acumulado hasta ese momento, menos lo ya ingresado en trimestres anteriores.

Esto evita tener una factura enorme en junio del año siguiente pero requiere que tengas dinero reservado cada trimestre.

El impacto de la cuota de autónomo

La cuota del RETA que pagas cada mes es gasto deducible en IRPF. Si pagas 310€/mes son 3.720€ al año que reducen tu beneficio antes de calcular el IRPF. Es uno de los gastos más relevantes en términos absolutos.

Las retenciones de IRPF en facturas

¿Cuándo te retienen en la factura?

Cuando facturas a una empresa o autónomo (no a un particular), el pagador puede estar obligado a practicarte una retención de IRPF en la factura. Esa retención la ingresa él directamente en Hacienda en tu nombre.

El tipo de retención para actividades empresariales de la construcción (autónomos en estimación directa) es del 15% con carácter general, o del 7% durante los tres primeros años de actividad.

Ejemplo: facturas 10.000€ + 21% IVA a una promotora. La promotora te paga 10.000 + 2.100 IVA – 1.500 retención = 10.600€. Los 1.500€ los ha ingresado en Hacienda en tu nombre.

¿Cuándo NO hay retención?

  • Cuando facturas a un particular (persona física que no actúa como empresario): no hay obligación de retención.
  • La mayoría de obras de reforma de vivienda para particulares no llevan retención.
  • Si el cliente es empresa pero la factura es por materiales y no hay prestación de servicios, tampoco.

Cómo cuadra todo en la declaración anual

En junio del año siguiente presentas la declaración de la renta (modelo 100). Allí integras todos tus rendimientos de la actividad y deduces:

  • Las retenciones que te practicaron durante el año.
  • Los pagos fraccionados trimestrales que hiciste con el modelo 130.

Si ingresaste más de lo que debías (por retenciones altas), Hacienda te devuelve la diferencia. Si ingresaste menos, pagas el resto.

Cuánto paga en la práctica un autónomo con 40.000€ de facturación

Ejemplo simplificado para un autónomo de la construcción con:

  • Facturación bruta: 40.000€
  • Gastos deducibles (material, vehículo, cuota RETA, herramienta, gestoría...): 22.000€
  • Beneficio neto: 18.000€

IRPF aproximado sobre 18.000€:

  • Hasta 12.450€ al 19% = 2.365€
  • De 12.450 a 18.000€ (5.550€) al 24% = 1.332€
  • Total IRPF: ~3.697€

A esto hay que sumar la cuota del RETA (~3.720€ al año) ya incluida en los gastos. El coste fiscal total sobre 40.000€ facturados es manejable si el negocio tiene margen.

Obligaciones formales: resumen del año fiscal

PeríodoModeloContenido
Abril / Julio / Octubre / Enero303IVA trimestral
Abril / Julio / Octubre / Enero130Pago fraccionado IRPF
Enero (año siguiente)390Resumen anual IVA
Mayo-Junio (año siguiente)100Declaración renta anual

Cómo ayuda Presupix a tener la fiscalidad en orden

Presupix registra cada factura emitida con su IVA, su base imponible y la retención aplicada. Cuando llega el momento de presentar el modelo 303 o preparar el modelo 100 con tu gestor, tienes los datos ya ordenados: total de IVA repercutido por trimestre, total facturado, total retenido. Sin buscar en carpetas ni WhatsApp.